“Los magistrados del Supremo revisarán el recurso interpuesto para valorar si en la sentencia de instancia inferior se han podido vulnerar las normas del derecho penal, esto es, que no se hayan aplicado todos los elementos necesarios del tipo de delito para que los hechos se consideren con relevancia penal. Por ejemplo, una condena de un presunto delito de estafa donde falte el engaño bastante o el dolo, debería haber sido tipificado como un mero engaño, lo que no debería haber sido considerado suficiente como para sentenciarse como un hecho delictivo”, comenta el abogado penalista Juan Gonzalo Ospina, experto en recursos en el Supremo.
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El Tribunal Supremo como última garantía para los condenados en el proceso penal
- 15 / abril / 2020
- El Correo de España
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