El juzgado absuelve a un hombre al considerar que los whatsapps denunciados no prueban coacciones en el ámbito familiar.
Los hechos se remontan al mes septiembre de 2023, cuando el acusado acudió al domicilio de su pareja sentimental, después de haber dejado la relación con ella horas antes. El hombre estuvo pidiendo insistentemente a su expareja a través de mensaje de WhatsApp que saliera para poder hablar sobre la ruptura, y sobre si existía alguna posibilidad de solucionar los problemas que habían derivado al final de la relación.
En los mensajes se pueden leer frases como: «O sales o entro, así de claro; voy muy en serio. Y si tienes huevos que me lleven y me encierren», «voy a entrar, te aviso» o «estoy dentro del recinto». Pero después de insistir varias veces decirle ella que si no se iba llamaría a la Policía, el acusado se marchó de lugar.
DELITO DE COACCIONES EN EL ÁMBITO FAMILIAR
Tras ser denunciado por su expareja por un delito de coacciones en el ámbito familiar la defensa ejercida por el abogado penalista Juan Gonzalo Ospina destacó que la querellante no presentó denuncia de los hechos en la fecha en la que sucedieron, e incluso que, durante una visita de la Guardia Civil meses antes en su domicilio para indagar comportamientos similares, les manifestó que no tenía miedo de su pareja, que nunca le había pegado y que no deseaba denunciarlo.
Respecto al delito de coacciones en el ámbito familiar la defensa recuerda que no se mostraron los mensajes originales, limitándose a enseñar pantallazos de los mismos en formato Word en los que no se aprecia ni tan siquiera el número de teléfono del remitente, desconociéndose si los mismos han podido ser manipulados, circunstancia esta que ya se puso de relieve en el escrito de Defensa.
ABSOLUCIÓN
En definitiva, «y sin omitir que no se reconoce por el acusado el tenor literal de los mensajes referenciados en los respectivos escritos de acusación», los argumentos esgrimidos permiten concluir que «no ha quedado demostrado que el acusado empleara violencia o intimidación para obtener una acción concreta» de su expareja, se puede leer en el fallo del Juzgado de lo Penal correspondiente de Madrid.