El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 37 de Madrid, ha absuelto a un hombre, de un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar, de un delito de amenazas leves, de un delito leve de amenazas y de un delito leve de injurias, de los que había sido acusado.
Le prohibió acercarse a su exmujer e hija a menos de 500 metros de ellas, así como a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar frecuentado por ellas; asimismo, le prohibió comunicar con ellas por cualquier medio y mantener cualquier tipo de contacto, ya sea escrito, verbal o visual.
La expareja lo volvió a denunciar supuestamente por un incumplimiento de la orden de alejamiento alegando que el investigado la había llamado por teléfono de forma reiterada, y se inició un nuevo procedimiento penal del que el acusado ha quedado absuelto.
La defensa la ha llevado el abogado Juan Gonzalo Ospina, que anuncia que su cliente va a solicitar ahora la "deducción de testimonio de su exmujer por incurrir en contradicciones".