Nuestro equipo de abogados penalistas expertos en estafas consigue en el Juzgado de Instrucción Nº2 de Vitoria-Gasteiz el archivo de la querella interpuesta contra unos exportadores de vino por presunto fraude documental y estafa.
Con el objetivo de superar las barreras comerciales del continente asiático, una bodega española de reconocido prestigio contrató los servicios de una empresa presuntamente especializada en exportación de bebidas alcohólicas a Asia.
Sin comprobar ningún tipo de referencias sobre estos ‘expertos’, a principios de 2016 llegaron a un acuerdo de 12 meses de duración, donde la cobertura de todos los gastos por viajes, dietas, así como una cuantiosa remuneración mensual para los comerciales, corrían a cuenta de la bodega.
Tras numerosos viajes injustificados sin llegar a captar ningún cliente asiático, la bodega decide no continuar con el contrato una vez finalizado este.
Sin embargo, al poco tiempo de terminar con el acuerdo, los presuntos estafadores vuelven a contactar con la bodega con la promesa de encontrarse en periodo de negociación con una empresa asiática interesada en importar el vino español.
Los exportadores de vino presentaron a la bodega una hoja de Excel con datos en indonesio que no fueron cotejados y que, supuestamente, contenían información sobre el acuerdo al que habían llegado con una empresa con sede en Indonesia.
En este momento, la mercantil española extiende un cheque a los exportadores en concepto de licencias y envían un palet de vino con destino a la empresa asiática. En el momento que llega el lote a Indonesia, este es rechazado por la empresa importadora, alegando que nunca habían solicitado dicho envío y desconocían cualquier negociación con los exportadores, por lo que el lote termina perdiéndose.
En este momento, la bodega decide interponer acciones legales, presentando una querella por presunto delito de estafa y falsedad documental contra los operadores comerciales.
Nuestro abogado experto en estafas, Juan Gonzalo Ospina, fue el responsable de la defensa de los investigados, presentando como línea de defensa la falta de elementos del tipo penal, necesarios para una posible imputación por delito por estafa, interesándose en el archivo de dicha querella.
En referencia al artículo 248 del Código Penal, queda establecido que el engaño ha de ser bastante como para que produzca un error esencial en la víctima y que este error, produzca un traspaso patrimonial con ánimo de lucro.
Será la propia jueza del Juzgado de Instrucción Nº2 de Vitoria-Gasteiz quien califique este engaño como ‘burdo’. En palabras de la magistrada, se entiende que ‘una empresa acostumbrada a mantener relaciones comerciales y celebrar contratos, acceda a una operación comercial con una persona que no merecía ninguna confianza, sin hacer ninguna comprobación previa ni investigación’, por lo que estimó la petición del socio de Ospina Abogados, decretando el archivo del procedimiento.