El Tribunal Supremo ha rebajado una condena por estafa agravada de dos años y seis meses de prisión a once meses y veinte días por concurrir en la causa la atenuante privilegiada de dilaciones indebidas.
La defensa del acusado, ejercida por Juan Gonzalo Ospina, de Ospina Abogados, interpuso recurso de casación por infracción de ley e infracción de precepto constitucional. El Ministerio fiscal y la acusación particular solicitaron la inadmisión de todos los motivos y subsidiariamente la desestimación.