Abogados penalistas expertos en procedimientos de delitos económicos y de delitos informáticos consiguen nuevo caso de éxito.
Tras acreditarse que los datos de nuestro representado habían sido utilizados sin su consentimiento para el actuar delictivo, el juzgado de instrucción 4 de Alcalá de Henares acordó el sobreseimiento provisional del caso.
LOS HECHOS
El pasado 14 de septiembre de 2020, una señora salió a primera hora de la mañana a hacer la compra en un supermercado cercano a su hogar. Al llegar a la caja para pagar los productos que habría seleccionado se dio cuenta que su cartera había sido sustraída de su bolso.
Al volver a su casa y comentarlo con sus hijos procedió a acudir a la Comisaría más cercana a su hogar para interponer la correspondiente denuncia y posteriormente llamaría a su entidad bancaria para reportar el robo de sus tarjetas de crédito y solicitar la cancelación de estas. Sin embargo, para su sorpresa ya se había producido un cargo de 456 euros en una de sus tarjetas de crédito.
La señora nuevamente acudió a la Comisaría para ampliar su denuncia con los nuevos hechos descubiertos y a realizar las gestiones con su entidad bancaria, misma que afortunadamente respondió de la cantidad que le fue cargada a la perjudicada habida cuenta que el cargo se había producido en los minutos previos a que se reportara el robo de las tarjetas.
Pese a que la señora había recuperado el importe que le había sido cargado a su tarjeta de crédito y que su entidad bancaria no tenía intención de reclamar la cantidad sufragada, la Policía continuó con la elaboración de su atestado policial. Durante sus investigaciones se descubrió que el importe sustraído de los 456 euros se había utilizado para la obtención inmediata de un microcrédito solicitado a través de una página web.
Habiéndose requerido a dicha página web para que remitiera los datos de solicitud del microcrédito, la misma contestó a la Policía remitiendo un informe sobre dicha solicitud, en la cual se destacaba el nombre de una mujer solicitante del crédito, que habría pagado el mismo con la tarjeta de crédito de la señora anteriormente referida, y que habría dejado como número de contacto una línea móvil y una dirección en Madrid. Tras realizar las oportunas pesquisas, los agentes confirmaron que el número de teléfono y la dirección aportada para la solicitud del microcrédito correspondía a una tercera persona.
Una vez teniendo identificados a los dos posibles autores del delito, la Policía remitió su atestado policial a los juzgados de Alcalá de Henares, donde el caso se remitiría al juzgado de instrucción 4 de Alcalá de Henares que citaría a declarar en calidad de investigados tanto a la mujer que solicitó el microcrédito como al hombre a cuyo nombre se encontraba registrado el número de teléfono aportado, así como su domicilio.
LA DEFENSA
Al recibir su citación para declarar en calidad de investigado por una supuesta estafa, quien sería nuestro Cliente procedió a contactar a nuestro despacho penalista especializado en delincuencia económico y en delitos informáticos para que asumiéramos la defensa de su caso.
El procedimiento fue dirigido por nuestro abogado penalista Juan Gonzalo Ospina, y especialista en derecho penal económico y en derecho penal informático, quien tras entrevistarse con el Cliente procedió a determinar la línea de defensa a seguir en el caso concreto, consistente en demostrar que nuestro Cliente no tenía ninguna relación con los hechos delictivos, sino que sus datos habían sido utilizados por un tercero para la comisión del delito de estafa.
Por ello, en su declaración en calidad de investigado, nuestro Cliente manifestaría NO conocer ni a la perjudicada ni tampoco a la solicitante del crédito, sino que manifestó ser una persona que no tenía ningún vínculo con ninguna actividad ilícita, siendo un contador que tenía un trabajo estable y una familia, que no tenía antecedentes penales y que nunca había utilizado las páginas web para solicitar microcréditos, simplemente porque no tenía la necesidad.
Asimismo, tras ser preguntado por nuestro abogado penalista, el Cliente manifestó que el mismo ofrece sus servicios también como autónomo en su página web, donde figuran tanto su número de teléfono móvil como la dirección de su oficina, datos que habrían sido utilizados por el verdadero criminal como datos de contacto para solicitar el microcrédito.
Tras su declaración, nuestro letrado Juan Gonzalo Ospina ratificó también con la co investigada que no existía ninguna relación ni vínculo entre ella y nuestro representado, así como tampoco entre la perjudicada y nuestro Cliente.
Para acreditar los extremos referidos, nuestros profesionales procedieron a solicitar como diligencia de investigación que se oficiara a la página web en cuestión para que indicara si existía algún expediente abierto de solicitud de microcréditos a nombre de nuestro representado; asimismo, aportamos como documental un acta notarial que daba fe de la existencia de la página web de nuestro representado en la cual figuraban tanto su número de teléfono móvil que habría sido utilizado para la solicitud del microcrédito, como su dirección.
EL ARCHIVO
Tras recibir el informe de la página web que refería que NO EXISTÍA ningún registro a nombre de nuestro representado para la solicitud de micro préstamos, y habiendo acreditado que no tenía ninguna relación con ninguna de las partes en el procedimiento, figurando en la causa además que el dinero otorgado del micro préstamos había sido ingresado directamente en la cuenta bancaria de la otra investigada, nuestro letrado penalista Juan Gonzalo Ospina solicitó el archivo y sobreseimiento del procedimiento habida cuenta la absoluta falta de indicios incriminatorios que vincularan a nuestro representado con los hechos delictivos.
Asimismo, argumentamos que nuestro Cliente había sido utilizado para la comisión del delito, habiendo utilizado el verdadero autor de los hechos los datos de nuestro Cliente que se encontraban disponibles para cualquiera que visitara su página web, por lo que estando proscrita la pena del banquillo, se tendría que acordar el sobreseimiento provisional parcial de la causa respecto de nuestro representado.
Habiéndose adherido a nuestra solicitud el Ministerio Fiscal, en fecha 27 de julio de 2021, el juzgado de instrucción 4 de Alcalá de Henares dictó el auto 1500/2021 en el cual se acordaría continuar la tramitación de las diligencias previas por los trámites del procedimiento abreviado respecto de la investigada solicitante del micro crédito y acordar el sobreseimiento provisional parcial de la causa respecto de nuestro representado.
* Ante el aumento de las estafas online, Ospina Abogados recomienda a nuestros lectores y seguidores extremar precauciones en el verano en cuanto a la protección de sus datos personales y bancarios para prevenir ser víctimas de una estafa o ser instrumentos para su comisión por parte de terceros.