En Ospina Abogados somos especialistas en delincuencia económica.
El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº3 de Orotava acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de causa por estafa de conformidad con lo solicitado en nuestra defensa.
LOS HECHOS
En enero de 2020, el que sería nuestro Cliente, un reconocido abogado internacionalista, se reunió con un amigo de origen latino que venía de visita a Madrid con el objetivo de plantearse una oportunidad de negocio.
Ambos decidieron invertir de manera conjunta en un negocio para producir y comercializar cerveza artesanal en España. Para ello, lo primero era diseñar un plan de negocio que, en caso de funcionar, les generaría la oportunidad de montar una importante red de franquicias de hostelería.
Para la elaboración del Plan de negocio, contactaron con un especialista en el mercado de la cerveza artesanal en Venezuela, quien les ayudó en la creación del plan de negocio, cobrándoles por ello la cantidad de 3.000 euros, aceptando dicha cantidad los ahora socios, quienes aportaron 1.500 euros cada uno en febrero del 2020, siendo nuestro representado quien se encargó de las negociaciones con el especialista, al ser quien tenía más experiencia en el mundo empresarial.
Sin embargo, ninguno de los dos socios podía vaticinar que tan solo un mes después el mundo se paralizaría con la llegada del COVID-19, siendo genuinamente imposible iniciar en dicho contexto las actuaciones del business plan, por lo que ambos decidieron no continuar con el desarrollo del negocio ante el escenario de incertidumbre mundial.
Tras ello, y ya durante el confinamiento, el que era socio y amigo de nuestro representado le manifestó al mismo que se sentía atraído sexualmente hacia él, llegando a solicitarle en alguna ocasión que mantuvieran relaciones sexuales, a lo cual nuestro representado se negaría radicalmente pese a la insistencia de su “amigo”.
Ante el rechazo de nuestro representado, y su negativa a mantener relaciones sexuales con él, dicho socio procedería a interponer una denuncia contra nuestro cliente como supuesto autor de un delito de estafa por los 1.500 euros que le habría entregado a nuestro representado.
LA DEFENSA
El abogado internacionalista fue defendido por nuestra letrada penalista y colaboradora de medios de comunicación, Beatriz Uriarte, quien procedió a delimitar la línea de defensa desde un inicio: la verdad. Y dicha verdad consistiría en acreditar que ambos estuvieron de acuerdo en la inversión conjunta del dinero, no siendo engañado en ningún momento el denunciante.
Por ello, una vez citado a declarar en sede judicial, nuestro representado se reafirmó en su versión de los hechos, negando en todo momento haber intentado engañar a quien consideraba su amigo, sino muy por el contrario; manifestó que ambos tenían la intención de emprender un negocio juntos, y que fue el propio denunciante quien lo había buscado a él para pedirle consejos de inversión y para invitarlo a iniciar un negocio juntos.
Por su parte, en su declaración, el denunciante negaba que fuese él quien buscó a nuestro representado, sino que según sus manifestaciones él acudió a Madrid para trabajar en otros negocios y fue cuando nuestro representado lo abordó para prometerle que iban a hacer mucho dinero juntos si invertían en un proyecto, que confiara en él, y que bastaba con que le diera 1.500 euros iniciales para poner en marcha el proyecto, prometiendo grandes resultados en un corto plazo. Asimismo, manifestó que, tras entregarle los 1.500 euros en efectivo, nuestro representado no se volvería a poner en contacto con él, supuestamente, llegando a bloquearlo de redes sociales.
EL ARCHIVO Y SOBRESEIMIENTO
Ante las versiones contradictorias, desde Ospina Abogados, especialistas en delitos de estafas, decidimos presentar un escrito interesando el archivo y sobreseimiento de las actuaciones, no sin antes acreditar que nuestro representado sí invirtió los 1.500 euros del denunciante y además 1.500 euros suyos en el business plan, adjuntando la factura por los servicios prestados del experto en desarrollo de negocio de cerveza artesana.
Además, se aportarían la lista de llamadas sostenidas entre denunciante y denunciado una vez iniciada la pandemia que acreditarían que ambas partes habían continuado hablando, contrario a lo manifestado por el denunciante, y cuyo motivo consistiría precisamente en el desistimiento mutuo de poner en marcha las acciones del plan de negocios.
Por todo ello, y desprendiéndose la existencia de un posible ánimo espurio del denunciante para vengarse por el rechazo sexual de nuestro representado es que solicitamos se acordara el archivo y sobreseimiento de la causa al entender que no ha había quedado debidamente acreditada la perpetración de ningún ilícito penal por parte de nuestro representado.
En ese sentido, el 13 de agosto de 2021 se dictó auto de archivo y sobreseimiento de la causa por parte del juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº3 de Orotava al entender que de la prueba “practicada no se desprenden indicios delictivos ni los elementos del tipo, esto es, la existencia de engaños bastante y de ánimo de lucro, pues el investigado invirtió también cantidad”, consiguiendo de esta manera un nuevo caso de éxito en procedimientos de delincuencia económica.