Hace unos días asistimos en el despacho penalista Ospina Abogados (www.ospina.es) a un cliente investigado por cometer un delito contra la seguridad vial al haber dado 0,86 mg/l en aire espirado. En el accidente además se provocaron daños en vehículos que se encontraban estacionados.
Como abogados penalistas expertos en alcoholemias, nos personamos, y sacamos copia de los autos. Ahí, observamos que no había más forma de defensa que la conformidad. La prueba de alcohol era correcta y en el atestado no afloraba ninguna irregularidad. El conductor fue detenido momentos posteriores al accidente y la única posibilidad para la línea de defensa era llegar a una buena conformidad con el fiscal.
Sin embargo, se complicaba que el cliente tenía antecedentes, por lo que se aplicaría la agravante de reincidencia imponiendo la pena superior en grado. Es decir, la retirada de carnet prevista 379.2 del Código Penal es de 1 a 4 años, y con la reincidencia el fiscal nos ofrecía imponer la pena máxima de 4 años. Esto implicaba que el cliente se tuviera que volver a sacar el carnet de conducir al superar el límite máximo de 2 años. Por ello, cuando el cliente fue citado, reconocimos los hechos. Posteriormente, al haber daños, se transformó el juicio rápido a juicio penal ordinario por los trámites de diligencias previas para peritar los daños. Una vez peritados, llegamos a un acuerdo con la asegurada para reconocer su pago y comenzar a reparar el daño. Solicitamos la transformación otra vez por los trámites de juicio rápido y una vez conseguido aplicamos las atenuantes oportunas y se impuso una pena de retirada de 2 años de carnet más los gastos del proceso.
El cliente quedó satisfecho, ya que no tendrá que volver a sacarse el carné, quedo contento por ser consciente del daño económico causado y el inicio del pago del mismo le permitió llegar a un acuerdo con una reducción con la aseguradora. Y lo más importante, creemos que ha aprendido que al volante, no se puede conducir después de haber consumido alcohol.
El papel del abogado, no es hacer magia o buscar la absolución torpedeando el procedimiento, sino la aplicación de la mejor solución jurídica al caso concreto. Así fue y así lo conseguimos. Un éxito penal más para el despacho que nos llena de satisfacción.