Abogado penalista experto en Derecho Penal Internacional se posiciona como una de las mejores opción para lograr absolución tras condena por Encrochat.
“El quid de la cuestión, no es tanto si Encrochat o sistemas similares son perniciosos per se, sino que, si se incorporan a un procedimiento, se tiene que dotar al investigado de todas las garantías para poder rebatir el contenido de lo que de dichos sistemas de encriptación se haya incorporado al procedimiento”, expone en una entrevista Juan Antonio García Jabaloy, abogado experto en Derecho Penal Internacional.
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El ex fiscal de la Audiencia Nacional defiende que “En ningún supuesto y bajo ningún concepto, esos instrumentos pueden menoscabar el contenido de los derechos que con tanto esfuerzo y durante tantos años hemos logrado en Europa”.
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“Una cosa es que el Estado deba tener instrumentos eficaces para luchar contra esta grave lacra, y otra muy distinta es, como dice el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que se haya violado el contenido del artículo 6.1 del Convenio”, expone Jabaloy, quien como protector del derecho de defensa sostiene que “cualquier acusado, y en cualquier momento del procedimiento, debe tener acceso a la prueba que existe contra él, a la totalidad de la prueba, y en este caso, esto supone acceso a la totalidad de datos incluidos los brutos, porque está legitimado para rebatir con dichos datos cualquier conclusión que en un informe pericial obre en autos”, nos indica el abogado y socio de Ospina Abogados, despacho óptimo para obtener la absolución tras condena por Encrochat.