Abogados expertos en delitos de estafa ejercieron la defensa de la acusada.
Las investigaciones policiales determinaron que la petición de prestamos (uno de 16.500 euros y otro de 1.400 euros, así como deudas por más de 3.000 euros en una tarjeta y la financiación de un móvil por valor de 1.500 euros, entre otras deudas) se habían realizado telefónicamente. Vinculando los hechos al robo de un bolso a una profesora en un centro escolar de Madrid años atrás.
En dicho bolso se encontraría tanto la tarjeta ahora objeto de investigación -por ser utilizada para solicitar diferentes prestamos telefónicos- como diferente documentación y objetos personales.
De las pesquisas policiales se determinó que otra profesora del centro educativo era la autora del hurto del bolso y posterior delito de estafa en la petición de créditos. Dado que en la investigación se refleja el teléfono móvil desde el que se solicitaron los créditos. También la dirección postal vinculada, ambos propiedad de la ex pareja de la denunciada en el momento de los hechos.
Reclamado por la policía, cuando la ex pareja fue citada para dar explicaciones sobre el anterior extremo, no se autoinculpó. Afirmó que sospechaba que su ex mujer podía haber sido quien creó esa línea telefónica a su nombre. Y, para corroborar su versión, afirmó ya haber denunciado con anterioridad a su expareja por hechos similares.
LA LÍNEA DE DEFENSA DE LOS ABOGADOS EXPERTOS EN DELITOS DE ESTAFA
La acusada, quien negaba los hechos que se le imputaban, puso su caso en manos de Ospina Abogados.
Para los abogados expertos en delitos de estafa Beatriz Uriarte, junto con Juan Gonzalo Ospina, quienes ejercieron la defensa de la acusada, la investigación presentaba lagunas. La propia afectada reconoció que no sólo la denunciada, sino también cualquier otro docente, podría haberle hurtado el bolso. Y, aunque no lo dijera, esa misma sospecha debería proyectarse igualmente sobre los alumnos. Igualmente sobre el personal de limpieza, de comedor o de actividades extraescolares, los padres e incluso sobre cualquier otro tercero.
La defensa rastreamos esas denuncias citadas. Demostrando que todas habían sido archivadas al no existir indicio alguno de que la denunciada pudiera haber perpetrado un delito.
En definitiva, la defensa expusimos al Juzgado que el número de teléfono a través del que se solicitaron los préstamos no era de nuestra clienta. Pertenecía a su entonces marido. La cuenta bancaria designada para reintegrar los préstamos solicitados fue abierta por la propia estafada. Y sin conocer el motivo, el ex marido de la denunciada realizó varias transferencias a favor de esa cuenta.
Muy importante también aclarar que ninguno de los contratos donde se plasma todo lo anterior involucra a la acusada.
ARCHIVO DE LA CAUSA
Pese a las numerosas diligencias de investigación que se han llevado a cabo, “en la causa no hay datos bastantes, que atribuyan a la acusada la sustracción del bolso de la denunciante perjudicada… Tampoco hay datos acreditativos, de que comprase el móvil financiado por (la entidad bancaria), y que haya contraído con esa entidad una deuda por valor de 5.500 euros”. Hechos que dejamos claro como abogados expertos en delitos de estafa.
E igual cabe decir del resto de delitos, expone en el auto el Juzgado de Instrucción correspondiente de Madrid. Que decide acordar el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias.