El despacho penalista experto en delitos sexuales, logra la absolución de su cliente tras ser acusado de planificar una violación grupal.
Una joven de 27 años disfrutaba de la noche de fiesta en Alcobendas (Madrid) el pasado mes de abril. Había salido en compañía de su pareja y amigos consumiendo alcohol, cuando a las 7 de la mañana acuden a un local particular donde se encontraban tanto hombres como mujeres prolongando la noche.
La denunciante decide irse a la planta baja, donde su pareja la va a visitar en varias ocasiones hasta que se duerme, despertando poco antes de las 15 horas al oír a varios varones decir su nombre en la planta superior. Se sienta en la escalera y, según su relato a la policía su pareja “comienza a contar a las demás personas intimidades que hacían cuando estaba solos”, escuchando posteriormente como en una llamada de teléfono uno de ellos -al cual no identifica- dice “vente pal local, que te los vas a pasar bien, que (…) pone la puta”.
Ante estas palabras la denunciante manifiesta sentirse muy nerviosa, tiene miedo por su integridad física, pero aún así decide subir y sentarse en una silla actuando como si nada hubiese pasado. Pasado un rato le pide a su novio ir a comprar comida y tabaco, aprovechando la parada en un bar cercano para irse a su casa andando hablando por teléfono con su madre, quien le pidió un taxi que la recogió a los pocos minutos para llevara a su domicilio.
LA DEFENSA
Abogados expertos en delitos sexuales de Ospina Abogados, quienes ejercieron la defensa del novio denunciado, defendieron que para que los hechos fuesen constitutivos de un presunto delito de coacciones la jurisprudencia exige que concurran ciertos elementos que en su criterio no se daban en este caso donde no hay ninguna prueba que apunte en el sentido de la denuncia, la cual destaca se tardó en interponer 15 días desde la fecha de los supuestos sucesos.
Así el despacho penalista de Madrid no considera que de lo expuesto quede demostrada actividad o conducta de violencia física o intimidación alguna, más cuando las versiones son contradictorias y el resto de los presentes niegan tales afirmaciones, comentarios o intenciones.
SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA
La causa gestionada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Alcobendas era sobreseída, dado que “de todas las diligencias practicadas, declaraciones de las pates y testigo presencial no se desprende que existan indicios suficientes de un presunto delito de coacciones”, cita el auto al que ha tenido acceso este medio, en el cual la Juez entiende que “nos encontramos ante versiones contradictorias, sin que uno de los testigos presenciales de los hechos, pueda corroborar la versión de la denunciante”, por lo que absuelve al acusado.