El conductor imputado dio 0,54 y 0,50 en la prueba de alcoholemia, pero el juez mantiene en el fallo "que no resulta suficientemente acreditado, que el acusado condujera influenciado por la previa ingesta alcohólica, esto es con sus facultades psicofísicas disminuidas por tal motivo, manteniéndose una duda razonable sobre dicho extremo, y por tanto que esta fuera la causa de introducirse en la calle unos pocos metros por dirección prohibida".
La defensa, ejercida por el abogado Juan Gonzalo Ospina, aportó la información de que se acababa de producir una reordenación de líneas de autobús por reducirse el tráfico a un único sentido por habilitación de un carril para bicicletas.
Para el abogado penalista Juan Gonzalo Ospina, de Ospina Abogados, es importante subrayar la no tipificación de los hechos, ya que se pudo probar que el alcohol no influyó en que cometiera una ilícito penal, y si una infracción administrativa.
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Absuelto un conductor ebrio que iba en dirección prohibida por Carabanchel al estimar el juez que se acababa de cambiar el sentido de la calle
- 16 / septiembre / 2021
- El Mundo
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