La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a dos empresarios que se enfrentaban a cinco años de cárcel por un presunto delito de estafa mediante una funeraria al entender que en este caso no concurren los elementos penales porque no ha quedado demostrado que se haya producido un engaño ni que haya habido un desplazamiento patrimonial.
La Audiencia considera que, en este caso, no hay prueba alguna de que ambos acusados "procedieran con engaño" al presentar al administrador de la funeraria las facturas que dieron lugar a la firma de éste de los pagarés referidos, a lo que se suma asimismo que "tampoco concurre el ánimo de lucro en los acusados, ni desplazamiento patrimonial".
Según el tribunal, estos pagarés "fueron endosados" por EYTE a sus proveedores y a la fecha de su vencimiento "no fueron abonados" por Funeraria Giralda, por lo que ambas fueron demandadas por sus legítimos tenedores, abonando EYTE los pagarés por importe de 5.074 y 10.561 euros referidos.