El Tribunal Supremo decidió hace un mes dejar en libertad a un condenado a 19 años de prisión por abusos sexuales a dos menores de cinco y seis años en las instalaciones deportivas de Arrúbal.
La defensa, ejercida por el abogado Juan Gonzalo Ospina, se planteó ante el Alto Tribunal como una vulneración a la presunción de inocencia del acusado, no sólo porque nadie había presenciado el supuesto abuso, sino porque los hechos que motivaron el procedimiento judicial eran “contrarios a la física”, asegura el letrado. Ninguno de los mismos podría haberse cometido "sin que las menores hubieren visto o sentido nada".
Muñoz sostiene que fue condenado "tras una denuncia falsa”. El Alto Tribunal ha entendido que el juicio vulneró las garantías del acusado y que en el planteamiento de la causa por parte de su exmujer y demandante, existía un “motivo espurio".
Dicho recurso fue admitido a trámite por el propio presidente de la Sala Segunda de lo Penal, el juez Manuel Marchena. La deliberación posterior, absolutoria, ha corrido a cargo de otros cinco magistrados, con el ex Fiscal General del Estado, y actual magistrado, Julián Sánchez Melgar al frente. El fallo judicial sienta un precedente pionero en la materia.