El juzgado de Instrucción nº 18 de Madrid ha archivado la causa contra un hombre que estaba investigado de cometer un delito contra la salud pública por supuesto tráfico de drogas.
El abogado penalista del acusado Juan Gonzalo Ospina, alegó en su escrito de archivo, que en el momento de la detención, el acusado simplemente: “entregó un cigarro a su amiga que conoce desde hace año” y no otra sustancia prohibida. Sin embargo, los agentes incautaron una caja con cinco trozos de una sustancia vegetal que parecía hachís pero el acusado ha defendido que era para “su uso personal”.
En este sentido, la doctrina del Tribunal Supremo es clara, el consumo de la misma debe llevarse a cabo “en un lugar cerrado”, deberá circunscribirse el acto a un grupo reducido y se limita el consumo a 100 gramos por persona. El acusado llevaba en ese momento algo más de 91 gramos. Por todo ello, al no haber indicios de que la sustancia incautada estuviera destinada al tráfico, el juzgado ha terminado archivando esta causa.