Un Juez de Instrucción archiva un procedimiento de estafa informática al no quedar acreditada la autoría del delito. Los abogados de la defensa, Juan Gonzalo Ospina y Beatriz Uriarte, del despacho penalista Ospina Abogados, solicitaron el archivo y sobreseimiento de las actuaciones, de conformidad con el art. 641 de la LEcrim, puesto que no existían indicios suficientes como para que su representado hubiese sido participe en los hechos delictivos.
Las practicarse las oportunas diligencias de investigación, el juzgado otorgó la razón a la defensa y dictó el auto de archivo y sobreseimiento del delito de estafa informática.