Nuestro cliente contactó con Ospina Abogados cuando ya se había dictado el auto de Procedimiento Abreviado. Esto es, cuando ya había declarado como investigado por un presunto delito de estafa ante el juez instructor y al haberse finalizado las diligencias de investigación solicitadas por la acusación particular.
Los hechos se remontan a cuando nuestro cliente fue contratado para realizar el desarrollo de una página web. Se acordaron y pactaron unos honorarios que implicaban el abono de un total al terminar el servicio. Sin embargo, tras varias modificaciones solicitadas para la página web que se estaba construyendo, el usuario que inicialmente había contratado a nuestro cliente decidió cancelar el contrato y reclamarle el dinero pagado. Ante ello, nuestro cliente se negó, justificando su tiempo, su dedicación y los servicios realizados. Tras no poder alcanzar un acuerdo amistoso, fue denunciado por un delito de estafa.
Nuestro cliente, en su primera declaración, fue asistido por un abogado ajeno a nuestro despacho que no esclareció que subyacía una relación mercantil y que estábamos ante un simple incumplimiento contractual. Por ello, tras la práctica de las diligencias, el juez Instructor, dictó el auto de Procedimiento Abreviado, es decir, procesó a nuestro cliente como presunto autor de un delito de estafa.
Al llegar este auto, nuestro cliente contrató al equipo de abogados penalista de Ospina Abogados, contando con Juan Gonzalo Ospina y con Beatriz Uriarte para su nueva defensa. Tras personarnos en el juzgado de Plaza Castilla y obtener copia de todas las actuaciones, en tiempo y forma interpusimos un recurso directo de apelación contra el auto que le procesaba. En este recurso, unimos todos y cada uno de los documentos que acreditaban la relación comercial, planteando como línea de defensa la falta de elementos del tipo de estafa, destacando que no había ningún “engaño bastante”, “error”, “dolo” o disposición patrimonial fruto de un acto delictivo, sino que estábamos ante una relación contractual incumplida. Al no existir indicios incriminatorios se solicitó el archivo y sobreseimiento de la causa.
Había que evitar la “pena de banquillo” a nuestro cliente, es decir, evitarle ir al juicio oral y que se discutiera si había cometido o no un delito de estafa. Por ello, como línea de defensa, desde Ospina Abogados aconsejamos siempre defender la verdad desde el primer momento con toda la prueba, documental y argumentos que acrediten lo que realmente pasó, evitando ir al juicio oral. “Los procesos penales se ganan y se pierden en la fase de instrucción con una buena investigación y una explicación lógica de los hechos que recoge la denuncia”, refiere Juango Ospina, abogado penalista de nuestro despacho.