La sección de menores de la Fiscalía Provincial de Madrid acordó, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor, tenerse por prescrita la infracción penal.
Hace unos meses una familia acudió a Ospina Abogados para que asumiéramos la defensa de un menor. Lo acusaban de haberle robado con fuerza el móvil a otro menor junto con algunos de sus amigos.
Desde un inicio marcamos una línea de defensa tendente a demostrar la inocencia de nuestro representado, habiendo solicitado como diligencias de investigación la declaración de algunos de sus amigos que estaban presentes en el lugar y a la hora de los hechos, y que eran testigos de la imposibilidad material de que el menor imputado hubiese sido el que robó el móvil del denunciante.
Sin embargo, tras recibir los autos del procedimiento, los abogados penalistas Juan Gonzalo Ospina y Beatriz Uriarte se dieron cuenta que los hechos denunciados se encontraban prescritos, por lo que procedieron a solicitar el archivo y sobreseimiento del caso.
Por ello, el 24 de julio de 2020 la Fiscalía de Menores de la Audiencia Provincial de Madrid decretó el archivo y sobreseimiento del procedimiento tras comprobar que le asistía la razón a la defensa y los hechos se encontraban prescritos.
Desde Ospina Abogados nos encontramos agradecidos con la Justicia y recordamos que la fase de instrucción es la más importante del procedimiento penal ya que en ella se pueden practicar las diligencias de investigación que demuestren la inocencia del investigado y también alegar cuestiones procesales, como en este caso, la prescripción de la acción penal.