EL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN 5 DE PARLA DICTA AUTO DE ARCHIVO Y SOBRESEIMIENTO EN PROCEDIMIENTO DE ROBO CON FUERZA TRAS UN ERROR EN LA IDENTIFICACIÓN
Tras la práctica de las oportunas diligencias de investigación, el juzgado dictó auto de archivo y sobreseimiento al no existir motivos suficientes para atribuir a nuestro representado una participación en los hechos delictivos.
LOS HECHOS
A finales de julio de 2020, una empleada de un local de máquinas traga monedas en Parla denunció que había sido víctima de un robo con fuerza, ya que una persona se había acercado a ella por la espalda y le había puesto un cuchillo en el cuello para que le entregase todo el dinero en efectivo que se hubiese recabado en ese día.
Tras dichos hechos, la Policía realizó la oportunas diligencias de investigación, entrevistándose con testigos de los hechos y recabando las videograbaciones de las cámaras de seguridad del lugar de los hechos.
Días después, la víctima amplió su denuncia manifestando cuáles eran las características físicas del hombre que había perpetrado el delito, señalando que el autor de los hechos tartamudeaba mucho y le recorda a la voz de un cliente habitual que también tartamudeaba, llegando a coincidir también en estatura y complexión física, aportando los datos de identificación del sospechoso.
Tras ello, la Policía procedió a la detención del mismo para que se le tomase declaración, sin embargo, el sospechoso se acogió a su derecho a no declarar en sede policial, y fue puesto a disposición del juzgado de instrucción.
LA DEFENSA
La familia del investigado contactó con nuestro despacho de abogados para que asistiesemos al investigado de urgencia en su sede judicial. La letrada Beatriz Uriarte fue la encargada de asistirlo en su declaración, en la cual, el investigado negó los hechos que se le imputaban y aunque manifestó haberse pasado en diversas ocasiones por el local y jugar en las máquinas tragamonedas de vez en cuando, a preguntas de su letrada manifestó que él no era tartumudo y nunca lo había sido, por lo que todo debía de referirse a un error, ya que incluso el día de los hechos él se encontraba trabajando.
Posteriormente, declararía la víctima del delito y algún otro testigo; todos los cuales reiterarían que el sujeto que cometió el robo tartamudeaba de manera notable.
EL ARCHIVO
Por todo ello, nuestros letrados Juan Gonzalo Ospina y Beatriz Uriarte procedieron a solicitar el archivo y sobreseimiento del procedimiento alegando un evidente error en la identificación del investigado, ya que el mismo no era persona tartamuda y además se encontraba trabajando al momento de los hechos delictivos, procediendo a adjuntar un justificante del trabajo que acreditaba que el investigado realmente había estado trabajando en el momento de los hechos.
Tras ello, el juzgado de 1º instancia e instrucción nº 5 de Parla procedió a dictar auto de archivo y sobreseimiento señalando que “no ha quedado acreditada la participación del denunciado y no existen motivos suficientes para atribuir su perpetración a persona alguna determinada a la vista de la declaración de la empleada y testigo de los hechos”.