La Audiencia Provincial de Madrid absuelve al acusado, asistido por abogados expertos en delitos sexuales, quién llevaba un año en prisión provisional y para el que pedían más de 15 años de prisión.
Nuestro cliente nos contrató estando en prisión provisional. Se encontraba acusado de mantener relaciones sexuales con una menor de 14 años al menos cuatro veces, en un periodo de poco más de un mes en el año 2022.
La acusación pedía para el 15 años de prisión a pesar de la ausencia de pruebas y de la debilidad de los testimonios de la supuesta víctima y su madre, la denunciante, sobre quien sospechamos un posible ánimo espurio que motivó la denuncia.
NUESTRA DEFENSA DE LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
El principio de presunción de inocencia impone a la acusación la carga de la prueba por encima de cualquier duda razonable. Atendiendo a las sentencias del Tribunal Supremo para considerar suficientemente justificada una absolución debería bastar con la expresión de la duda acerca de si los hechos ocurrieron como sostiene la acusación. Por tanto desde Ospina Abogados hemos defendido que mientras la condena presupone la certeza de la culpabilidad, neutralizando la hipótesis alternativa, la absolución no presupone la certeza de la inocencia sino la mera no certeza de la culpabilidad.
En este caso como identifica la propia Audiencia Provincial de Madrid "el relato de la menor ni estuvo dotado de la debida solidez ni se pudo contar con una pericial sobre la credibilidad del mismo que viniera a salvar dicho escollo", pero es que además "el relato de la menor dado en el plenario es un tanto difuso" e incluso en el informe de los psicólogos forenses, como ellos mismos reconocen en el juicio, se recoge que no pueden valorar la credibilidad del testimonio de la víctima echando en falta "una mayor utilización de pruebas diagnósticas que permitieran cimentar un juicio" que el experto consultado entiende se basa en la mera exploración clínica, subrayando a este respecto la lógica premisa de que no todo relato consistente tiene por qué corresponderse con la realidad.
LA ABSOLUCIÓN
La defensa articulada por el abogado penalista Juan Gonzalo Ospina en todo momento hemos negado los hechos, no pudieron tener lugar, y hemos representado a nuestro cliente en base al amparo de su presunción de inocencia frente a un relato "difuso", sin solvencia y no corroborado por elementos periféricos.
La debilidad de la prueba que sustenta la hipótesis acusatoria ha sido "finalmente determinante" para el tribunal declarando la absolución para nuestro cliente, quien ha sufrido un año de prisión provisional hasta ver su ansiada libertad.