Ospina Abogados defendíamos la libertad provisional de nuestro cliente ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Nuestro cliente fue detenido hace cinco meses por presuntamente secuestrar a una mujer y explotarla para hacer vídeos de contenido erótico en un popular canal de pago. La acusación también contempla trata de seres humanos, delito contra la Hacienda Pública y corrupción de menores e inducción a la prostitución.
Frente a la prisión provisional impuesta por la jueza de instrucción, quien rechazó la libertad provisional, recurrimos ante la Audiencia Provincial de Madrid quien nos ha dado la razón sin obviar las medidas cautelares habituales en estos casos, como son orden de alejamiento y prohibición de comunicación con las supuestas víctimas.
LAS CLAVES DE LA LIBERTAD PROVISIONAL
El auto tiene en cuenta el tiempo transcurrido desde que se decretó la prisión provisional y el resultado de las pruebas testificales y defiende, tal y como expusimos, que la prisión provisional "no puede constituirse en un anticipo de la pena a imponer", por lo que en palabras de la Audiencia Provincial de Madrid "Nos lleva a ponderar medidas cautelares alternativas menos gravosas para los derechos fundamentales dado el tiempo transcurrido", argumenta.
Tampoco puede obviar que nuestro defendido niega todos los cargos y ha aportado vídeos, fotos y conversaciones con la denunciante en los que dice acreditarse que tenía una "vida activa" en redes sociales antes, durante y después de conocerse. Con ello desmiente que la secuestrase en un país extranjero, desde donde además usaba su móvil y difundía contenido sobre su vida de "lujo".
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Es importante considerar que esta denuncia se produce cuando el denunciado inicia una nueva relación sentimental que ella no acepta.
También ha aportado un contrato en el que se puede ver que tenían una relación estipulada en la que no se le obliga a trabajar. El contrato es del año 2021 y se firmó en Tarragona. Apenas tiene un folio y ella cede a él sus derechos de imagen y le autoriza a subir contenido a una página de OnlyFans de la que ambos figuran como titulares al 50 %.
Por ello, el tribunal acuerda su libertad provisional con la prohibición de acercarse a menos de 500 metros. Tampoco le está permitido comunicar con ellas pese a la relación de dependencia que consta en la investigación. También le impone la obligación de firmar semanalmente en el Juzgado y tiene prohibido abandonar España.