El juzgado de instrucción 48 de Madrid dicta auto que decreta la libertad provisional de nuestro cliente que había sido detenido por su supuesta participación en un delito grave contra la salud pública (drogas) al entender que, dadas las circunstancias y posibles contradicciones en el atestado inicial, no había elementos que permitieran entender la necesidad de la prisión provisional, ante un posible archivo y sobreseimiento del caso.
Ospina Abogados ha conseguido la libertad provisional de un cliente investigado por su supuesta participación en la recepción de un paquete de contenía 85 kilogramos de droga, siendo ésta éxtasis (MDMA), provenientes de México y con destino a Madrid.
Los hechos se remontan a octubre de 2019, cuando el Área Regional de Vigilancia Aduanera de Madrid recibió un correo electrónico por parte de las autoridades aduaneras de Estados Unidos en el que les informaron que habían interceptado un paquete proveniente de México y con destino a España que contenía 98 kilogramos de MDMA (éxtasis). Sin embargo, los alertaron señalando que otro paquete con un sistema de ocultación similar de 85 kilogramos también había sido enviado de México a España sin que pudiesen detenerlo.
Al llegar a Madrid, el paquete fue analizado por el Laboratorio Central de Aduanas, dependencia especializada de la Agencia Tributaria, dando positivo en MDMA, por lo que el Área Regional de Vigilancia Aduanera de la Agencia Tributaria procedió a solicitar a la Fiscalía Provincial de Madrid la entrega controlada del envío, misma que al concederse tuvo lugar el pasado 15 de octubre de 2014, entregándole el paquete a un joven vestido de blanco, quien tras hacerse del mismo llamó por teléfono a otra persona que apareció a los pocos minutos. Mientras tanto, otro individuo de gorra azul realizó funciones de vigilancia.
Al llegar la persona que fue llamada por teléfono se le identificó como el destinatario oficial del paquete, quien esperó a que otro vehículo llegara, sin que fueran identificadas ni descritas las características del conductor. Así, el conductor dejó en la puerta de un domicilio al destinatario del paquete junto con el paquete y se marchó; el destinatario entró al domicilio y al salir fue detenido por los funcionarios actuante
Durante la instrucción, el juez ordenó investigar quién era el dueño del vehículo que trasladó al destinatario del paquete, resultando ser un vehículo eléctrico propiedad de la empresa de renta de vehículos, que según manifestó la misma al ser consultada, en la fecha de los hechos el vehículo fue rentado por quien sería nuestro cliente.
Por esa razón, a pesar de que nuestro cliente no fuera identificado por los funcionarios actuantes, ni descrito en sus características físicas como sí lo fueron todos los demás participantes, así como por el hecho de que el mismo había recibido un paquete proveniente de México semanas antes, se le tuvo como investigado por un delito contra la salud pública y no solo eso, sino que fue detenido y sometido a prisión provisional en base a indicios indirectos que no reflejaban su participación en los hechos.
Ospina Abogados, como despacho especializado en derecho penal, tras ser contratado por la familia solicitó, por un lado, las declaraciones y testificales de los agentes que habían participado en la elaboración del atestado, así como aquellas diligencias necesarias para esclarecer quiénes habían realizado la entrega material de la droga para demostrar que nuestro cliente era un empresario que se demostrara a la renta de vehículos, sin que tuviera participación alguna en el delito cometido.
Al entender que el detenido tenía arraigo en España, familia, trabajo y carecía de antecedentes penales, y que además, había sido utilizado como instrumento en la comisión del delito, el Juzgado entendió que no había razón ni motivo suficiente que justificara la prisión provisional, existiendo otras medidas menos gravosas que podrían garantizar su continuidad en el procedimiento, señalando expresamente que “no existen elementos que permitan entender que existe un riesgo de fuga por parte del investigado, ni hay peligro de reiteración delictiva, u ocultación de pruebas, circunstancias éstas necesarias para justificar el mantenimiento de la situación de privación de libertad, y que se pueden adoptar otras medidas menos gravosas”, por lo que decretaron su libertad provisional con la sola obligación de comparecer una vez a la semana ante el juzgado de instrucción.
Ospina Abogados es un despacho penalista que no prejuzga a sus clientes ni realiza juicios de valor, nos ceñimos única y exclusivamente a las pruebas, a la verdad material, a la defensa de la presunción de inocencia de todos los ciudadanos, y a la búsqueda de la verdad. Por lo tanto, pese a asistir a clientes investigados o acusados de delitos contra la salud pública, drogas, u otros de distinta índole, condenamos y señalamos cualquier actuación ilícita o irregular, no recibiendo mandato o encargo profesional por parte de persona u organizaciones que puedan dedicarse al crimen organizado, sino a personas físicas, ciudadanos, empresarios o trabajadores que se han visto envueltos por las distintas circunstancias a un procedimiento penal, e inclusive, como estrategia procesal, aconsejamos la colaboración con las fuerzas y cuerpos seguridad del Estado, ya que nuestra percepción del derecho penal no es otra sino buscar una sociedad más justa, más libre y más segura; y no entorpecer o dilatar el procedimiento en cuanto a la posible responsabilidad penal del investigado.