Anoche nos llamó la madre de un cliente que la policía había ido a casa preguntando por el hijo. Llamamos a la comisaría para preguntar si podíamos comparecer voluntariamente, lectura de derechos del artículo 520 de la Ley Criminal y a casa; con el fin de agilizar el atestado, colaborar con la administración y no producir gastos ineficientes.
Sin embargo, el agente nos comunicó: “si viene se queda detenido”. Eran eran las 20:15 PM y al día siguiente trabajaba. El cliente carecía de antecedentes penales, no parecía que hubiera riesgo para ninguna víctima, la reiteración delictiva era nula y el riesgo de fuga en un chico de 21 años con apenas ingresos era ridícula.
Tenemos una ley criminal de 1882 que produce profundas ineficiencias en la detención policial o en la investigación penal, ¿para cuándo una ley seria en dónde el “presunto” responsable pueda ir con su abogado declarar y que exista la garantía de irse a casa?
Nuestra ley criminal hace que la abogacía y por ende la defensa de los derechos, de víctimas e investigados, estén limitados. Parece que el debate legislativo sólo está en si seguimos con el Juez Instructor o introducimos un Fiscal Investigador.
Creo que el debate no debería de ser éste, sino agilizar de una vez la investigación protegiendo nuestros derechos y libertades en lugar de seguir en el siglo pasado.
Juan Gonzalo Ospina
Abogado Penalista Director de Ospina Abogados