Durante las últimas semanas, la crisis sanitaria ha disparado la comisión de distintos delitos informáticos, principalmente, procedimientos por estafas y extorsiones.
En Ospina Abogados hemos sido víctimas de un delito de extorsión, por ello, os recomendamos extremar las precauciones. Hemos tenido conocimiento a través de una llamada de un tercero, informándonos de que alguien se hizo pasar por un abogado de nuestro despacho con el objetivo de extorsionarle. De hecho, esta persona contactó para saber si su interlocutor efectivamente trabajaba con nosotros, asegurándonos que le estaba exigiendo la cantidad de 2.000 euros mediante distintos tipos de amenazas intimidatorias.
Evidentemente, dicha conducta es constitutiva tanto de un delito de usurpación de profesión, como de una extorsión para con el tercero.
El delito de extorsión se encuentra tipificado en el artículo 243 del Código Penal, castigando a quien, con ánimo de lucro, obligue a otro mediante violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero. Este delito está penado con penas de prisión de uno a cinco años, sin perjuicio de las que pudieran imponerse por los actos de violencia física realizados.
Al respecto de dicho delito, recuerda el Excmo. Magistrado Miguel Colmenero Menéndez
de Luarca en la STS 159/2019 de 26 de marzo, que:
"el tipo penal se consuma una vez ejercitadas la violencia o intimidación y logrado el fin perseguido, que es la realización u omisión por la víctima del acto o negocio jurídico (…) en la extorsión la obtención efectiva del lucro pertenece a la fase -penalmente irrelevante- del agotamiento y no a la de consumación delictiva".
En cuanto tuvimos conocimiento de los hechos, desde Ospina Abogados acudimos a la comisaría para denunciar lo que podría ser constitutivo del delito de extorsión (artículo 243 del Código Penal) y del delito de usurpación de identidad (artículo 401 del Código Penal).
A continuación, ponemos a su disposición la denuncia interpuesta, no sin antes señalar que el sujeto activo de dichos delitos se hace llamar “JOEL”, por lo que recomendamos a nuestros clientes extremar todas las precauciones necesarias. Siempre que exista alguna duda sobre la información que os ofrecen, os aconsejamos contactar con los teléfonos oficiales para corroborar la exactitud de dicha información.