No hubo prueba suficiente incriminatoria para determinar que los acusados fueran los autores de las falsificaciones.
Llegó el juicio oral en el que el fiscal pedía hasta un año y seis meses de prisión para los acusados y casi 9.000 euros de multa por los delitos de falsedad documental y asociación ilícita. Los policías, el párroco y el responsable del registro civil fueron parte de las pruebas testificales.
El abogado de la defensa de uno de los acusados, ejercida por el penalista Juan Gonzalo Ospina, planteó como cuestión previa al inicio del juicio, que el delito de asociación ilícita por el que ahora el fiscal acusaba a su cliente, fue introducido en el escrito de acusación antes del juicio y por lo tanto su cliente no había tenido la oportunidad de defenderse «con las debidas garantías»
El juez anuló en sentencia la acusación de asociación criminal, y determinó que sobre la imputación de falsedad documental, no existía prueba suficiente incriminatoria para determinar que los acusados fueran los autores de falsificar los certificados de matrimonio, ante lo cual quedaron libres.