Columna de opinión de Juan Gonzalo Ospina para El Economista sobre la visita de la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez y su recepción con el ministro Ábalos.
“La ley española es taxativa a la hora de denegar la entrada y el tránsito a aquellas personas que tienen prohibido el mismo. El artículo 26 de la Ley Orgánica de Extranjería refiere: "no podrán entrar en España, ni obtener un visado a tal fin, los extranjeros que hayan sido expulsados, mientras dure la prohibición de entrada, así como aquellos que la tengan prohibida por otra causa legalmente establecida o en virtud de convenios internacionales en los que sea parte España". Y no poder entrar en España implica en su conjunto, desde su espacio aéreo, sus mares y todo su territorio donde tiene soberanía sin excepciones. Así: ¿cómo es posible que una señora afectada por esta norma no sólo transite por España sino que se reúna con un miembro del poder ejecutivo?”