Atentado contra la autoridad era la acusación a la que se enfrentaba nuestra clienta, para quien se pedía un año de prisión por agredir a una policía.
Los hechos ocurrieron en mayo de 2020, en plenas restricciones por la pandemia de Covid-19, cuando un grupo de personas organizó una fiesta en un piso del distrito de Arganzuela (Madrid).
Al edificio acudieron varios agentes de la Policía Nacional para identificar a los infractores, en un operativo que se saldó con la detención de nuestra representada. Fruto de ello resultó acusada de atentado contra la autoridad, así como de un delito leve de lesiones al forcejear con una agente. La policía implicada también fue denunciada por la detenida, por un delito de lesiones.
El Juzgado de lo Penal correspondiente de Madrid determina la absolución de nuestra clienta, denunciada por un delito de atentado contra la autoridad y lesiones. Para ella el Ministerio Fiscal solicitó en el juicio un año de cárcel y la pena de multa.
DEFENSA ANTE UN DELITO DE ATENTADO CONTRA LA AUTORIDAD
Nuestro compañero, el abogado penalista Juan Gonzalo Ospina, experto en delito de atentado contra la autoridad, basó la defensa en el principio 'in dubio pro reo'. Todo ello una vez se constataron versiones contradictorias de las partes, sostenidas por varios testigos. Mientras los policías apoyaban el testimonio de su compañera, el resto de asistentes a la fiesta corroboraban lo manifestado por nuestra representada.
A ello se debía sumar que la llamada a la policía esa noche se realizó mediante un conducto poco habitual. Uno de los agentes, que residía en el edificio, llamó personalmente a otro que estaba de patrulla. El motivo era pedirle que acudiera a poner fin a la fiesta.
ABSOLUCIÓN PARA AMBAS ACUSADAS
En su sentencia, la jueza resalta "la existencia de dudas razonables y razonadas" que "impiden un pronunciamiento condenatorio". Igualmente considera "procedente absolver a ambas acusadas".